La inseguridad jurídica endémica del sector renovable

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El pasado viernes 29 de noviembre, el Consejo de Ministros aprobó el RDL 17/2019, por el que se adoptan medidas urgentes para la necesaria adaptación de parámetros retributivos que afectan al sistema eléctrico y por el que se da respuesta al proceso de cese de actividad de centrales térmicas de generación, que se publicó el sábado 30 en el Boletín Oficial del Estado. Bajo una ‘apariencia’ de trámite ordinario referente a la retribución regulada de la generación no peninsular (Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla), se esconde una modificación trascendental del marco normativo de las energías renovables que vuelve a abonar el terreno de la inseguridad jurídica

Pero además, el tercer asunto que no es menor tratado en el Decreto es la renovación de las conexiones a la red de las antiguas centrales térmicas que se cierran para que sean válidas para la nueva capacidad de generación sobre todo renovable, justificando su impacto socio-económico y ambiental. Esta medida – quizá la más positiva de las tres – es una reacción de urgencia del Gobierno ante el inesperado cierre del parque térmico de Endesa decidido por Consejo de Administración en septiembre sin previamente haber sido negociado ni con el Gobierno ni tampoco con los agentes económicos y sociales implicados, aparte de suponer una contradicción flagrante con el posicionamiento que la propia compañía filial de Enel en España había hecho en reiteradas ocasiones en meses anteriores.  

El enésimo cambio de las reglas de juego del sector renovable

Por tanto, no estamos ante un decreto cualquiera sino ante el enésimo cambio de las reglas de juego en un tablero tan castigado como el de las renovables en España, rompiendo los esquemas de moderación necesarios para no introducir más presiones financieras de las ya existentes en el sistema eléctrico nacional. ¿Por qué razón un Gobierno en funciones, y en plenas negociaciones para la conformación de un nuevo Ejecutivo del cual no está clara cuál será su política energética, decide dar un ‘giro copernicano’ a la política de retribución de las renovables, volviendo varios años atrás? Sin duda, está detrás la altísima litigiosidad en los tribunales de arbitraje internacionales en contra de España por los sucesivos recortes que con carácter retroactivo se pusieron en marcha a partir de 2010. Según las últimas cifras disponibles de julio de este año, nuestro país se enfrenta al pago de entre 700 y 1.000 millones de euros por 11 laudos arbitrales fallados en su contra en diferentes Cortes de Arbitraje, siendo el CIADI la que acumula un mayor número de casos desde 2016.

Pero lo peor puede estar por llegar, ya que actualmente hay 34 procedimientos abiertos contra el Reino de España, con una cuantía máxima reclamada que supera ligeramente los 6.000 millones de euros. A simple vista, parece razonable que el Gobierno quiera buscar una solución pactando con los demandantes una vía de salida que pueda ser satisfactoria para ambas partes y que evite el ‘efecto llamada’ a otros posibles litigantes ante una oleada de fallos en contra de España. 

Un escenario preocupante para la salud del sistema energético nacional

Sin embargo, la vía escogida es con alta probabilidad la más negativa y la que peores incentivos genera para la estabilidad del marco regulatorio presente y futuro de algo tan necesario como es el desarrollo de las energías renovables en nuestro país. En este sentido, aunque se lograra convencer a los inversores de no reclamar por la vía arbitral el recorte retroactivo de las primas a las renovables, la factura para el conjunto del sistema sería con elevada probabilidad a largo plazo más alta que haber litigado e incluso perdidos la mayor parte de los arbitrajes.

Asegurar hasta 2031 un 7,39% como “rentabilidad razonable” es un suicidio para las cuentas del sistema eléctrico nacional, dado que atendiendo al método de cálculo previsto por la CNMC, se estaría primando con más de 500 puntos básicos sobre la media de rendimiento de la Deuda Pública a 10 años por un riesgo ya internalizado ex-ante y provisionado por parte de los inversores. Se crea, por consiguiente, una situación de ‘riesgo moral’ donde los inversores al iniciar los litigios han comprado una póliza de seguro que les protege en cualquier caso de una pérdida total del capital invertido más una rentabilidad equivalente a invertir en renta variable a largo plazo con un riesgo limitado gracias a que habrá siempre un Gobierno dispuesto a ello.

En suma, el escenario es francamente preocupante para la salud del sistema energético nacional. En vez de desterrar el riesgo regulatorio, se refuerza y amplía en plena ola legislativa de apuesta por planes de energía y clima que conviertan a España en un país neutro de emisiones para 2050.